Si cada vez que hay una emergencia doctrinaria terminamos en
un jurado de enjuiciamiento… las diferencias se resuelven en las instancias
judiciales correspondientes. La mala praxis judicial no es sostener una
doctrina que no comparten: es una sentencia arbitraria. En este caso, no hay
sentencia arbitraria cuando media biblioteca dice una cosa y media biblioteca
dice otra. Aunque no se esté de acuerdo con el criterio de López, no se trata
de doctrina arbitraria y por lo tanto no hay mala praxis jurídica.-
Si el Ministerio Público le da
tanta importancia a la opinión vertida por el doctor (Ramiro Santiago) Isla [el
psiquiatra que desaconsejó la libertad para Cabeza] y considera que es
fundamental, ¿por qué no pidió un peritaje? Directamente se conformó con la opinión
del Doctor.-
Lo que el Dr. Isla aporta no es un peritaje, es una simple
opinión clínica subjetiva. Peritaje es otra cosa. Además, un perito no es el
juez: informa al juez, le da elementos técnicos del conocimiento de su arte o
profesión, pero es el juez el que los valora.-
Si tuviésemos que juzgar por negligencia a un ingeniero que
hizo un puente y se cayó, ¿nos conformaría con un peritaje que dijera “el
puente se cayó porque la viga estaba mal puesta?” No, preguntaremos por qué la
viga estaba mal puesta, pediríamos que se nos explique.-
La opinión del Dr. Isla no explica nada. Si ustedes ven el
texto van a ver un tremendo salto lógico. Dice que el acusado tiene funciones
cognitivas normales, se hace responsable, relata su historia delictiva… y, a
continuación, sorprendentemente dice: conclusión, trastorno de personalidad
antisocial. ¿Conclusión de qué? ¿Qué le explica al juez? ¿Qué vio en el
paciente? ¿Cuáles son los factores personales de riesgo que dice que existen,
de donde los saca? ¿Cuáles son los signos y síntomas? Eso no aparece en esta
opinión.-
Y la base de esta acusación es esta opinión del Dr. Isla. Yo
pregunto al jurado qué pasaba si ocurría lo contrario, si los informes de 14
años hubiesen dicho es mejor que no se le dé la libertad condicional, y el Dr.
Islas hubiese dicho “este señor es un ángel”, y el juez López hubiese concedido
la libertad condicional en esa hipótesis. Señor jurado, yo no tendría
argumentos en ese caso.-
En segundo lugar, este error de pretender que el perito sea
el juez es bastante común. Muchas veces los jueces tienen la culpa. Es habitual
que en materia de inimputabilidad el juez pregunte al perito si el procesado
comprende la criminalidad del acto. El médico responde lo que le pasa al
procesado: si tiene ilusiones, trastornos de la senso-percepción. Pero el juez
será el que lo valore: la culpabilidad y la reprochabilidad son conceptos
jurídicos que el médico no maneja. El juez debe decidir en base a lo que el
perito dice.-
Esta confusión de funciones entre perito y juez es común y
sobre todo en el ámbito psiquiátrico.-
Pero además el Dr. Isla nos dice que llega a encontrar la
posición del ser del otro en el mundo a través de la “intuición clínica”:
cuidado, esta es una vía de conocimiento irracional, romántico, sumamente
peligroso. Pero llega a una conclusión de que el sujeto tiene características
de personalidad inmodificables: determinismo biológico. Si son inmodificables,
¿qué va a hacer el programa acá? ¿Y el tratamiento? Me permito recordar que
proporcionar por parte de profesionales de la salud un método de procedimiento
infalible es charlatanismo y un delito penado por el código penal.-
Tengamos cuidado con la psiquiatría: muchas veces la
ignoramos, tenemos poca preparación los del ámbito jurídico y nos impresiona la
ciencia. Cuidado. Recordemos la historia. El primer encuentro que tuvimos con
la psiquiatría históricamente fue un encuentro feo. El encuentro con el
reduccionismo biológico a través de Morell, y de todos ellos, que nos legitimó
el racismo. Cuidado con los reduccionismos, con lo que hoy está pasando
con las neurociencias, son el renacimiento del lombrosianismo.-
Se ha hablado acá de base orgánica, pero no se conoce esta
base y se la obtiene con “intuición clínica”. Cuidado.-
No me coloco en una posición anti psiquiátrica extrema. Pero
es cierto que en la psiquiatría hay padecimientos que tienen base orgánica
reconocible, y hay otros donde la base orgánica es más compleja… y después
llegamos a las neurosis y trastornos de personalidad, y ahí mucho cuidado con
lo que hacemos, porque empezamos con los “síndromes”. Cuando no hay base
orgánica conocida, no se trata de un padecimiento más o menos conocido. Mucho
cuidado: acá podemos llegar a patologizarnos todos, y no estoy exagerando. Los
“síndromes”, juntando algunos signos y síntomas, se pueden inventar hasta el
infinito.-
El Dr. Islas menciono el manualito norteamericano…
donde se ponen los síndromes conforme lo deciden unos psiquiatras en comisión.
No olvidemos que la homosexualidad antes estaba y después la sacaron. Nos
impresiona, a los jueces, sí, mucho más si nos dicen que la personalidad
antisocial es un trastorno conocido desde el siglo XIX… 1851. Impresiona mucho.
Pero no saben que al mismo señor que la inventó se le ocurrió pensar también
que los esclavos negros tenían una enfermedad que se caracterizaba por
las ansias de libertad.-
Podemos seguir inventando síndromes. No me costaría
inventar el síndrome del político paranoide. Y así podemos seguir
inventando. Y mucho más cuando ya inventamos cosas que afectan no el
comportamiento racional del paciente, sino síndromes que hacen a la
esfera afectiva o emocional de la persona. Acá se inventó esto, una cosa
confusa, que nadie sabe donde empieza o termina la neurosis, y nadie sabe donde
empieza o termina la personalidad psicopática. Se mezcla con la neurosis. Y
neuróticos somos un poco todos.-
Este concepto de personalidad psicopática está
relacionado al criminal nato de Lombroso.Pero para confundir más las cosas,
ya no alcanza el psicópata. Se inventaron también el sociópata, el antisocial
del síndrome del que nos habla el Dr. Islas. Si leemos la literatura que hay
sobre este trastorno de personalidad antisocial, se da frente a un
sujeto que tiene problemas socioeconómicos, no se adapta al trabajo,
inadaptación escolar, a veces se da en adolescentes y después desaparece,
se trata de ciertos descontroles… confieso que yo a veces me descontrolo, y
creo que todos nosotros, si nos tocan un punto neurótico que tenemos. Cuidado
con la patologización de todo esto. El concepto de antisocial fue usado
en la Alemania
nazista fundamentalmente por Goebbels. Esta es la bibliografía confusa
sobre este informe que, repito, no es perital.-
En consecuencia
1. Sostengo que el juez emitió una
sentencia conforme a la ley y conforme a lo que manda la Constitución.-
2. Si una parte –el ministerio publico- sostuviese otra
posición doctrinaria que habilitaría la integración de la ley con otros
requisitos no establecidos en la ley, lo que tenía que hacer era apelar la
decisión, e incluso, antes de hacerlo, debía solicitar un peritaje y no
quedarse con una mera opinión carente de fundamentos.-
3. En cualquier caso, incluso sin compartir la doctrina del
juez, se trata de una mera diferencia de opiniones acerca del alcance
del artículo 13 del código penal y en modo alguno se trata de una
arbitrariedad sentenciadora. Si cada diferencia doctrinaria terminara en un
juicio político no quiero pensar donde queda la garantía de independencia
interna del juez.-
4. En cuanto al único elemento en donde el
ministerio publico expresó su negativa, queda claro que se trata de una opinión
y no de un peritaje. Y menos cuando se limita a concluir lo que no deduce
de ninguna razón, e invoca uno de los conceptos más confusos en la historia
psiquiátrica y además de origen poco claro.-
5. Por último voy a hacer referencia al
sentido común. Cuando una persona ha tenido 144 oportunidades de cometer un
delito, o 192, según entendamos si ha tenido salidas transitorias de 72 hs… 144
o 192 posibilidades de cometer una violación y no cometió ninguna… ¿qué es lo
que el sentido común nos indica en esa situación? Pasar de salidas transitorias
a libertad controlada. La posibilidad de cometer el crimen la tuvo por
lo menos 144 veces. No delinquió. ¿Que después lo hizo porque consiguió un
automóvil? ¿Será condición necesaria para una violación? No. Y si lo fuese,
entonces la causalidad estaría en el que le proporcionó una licencia para
conducir… un absurdo.-
Pregunto qué hubiese sucedido si este sujeto cometía este
hecho un mes antes, 4 días antes de que el Dr. López tomase la libertad de
concederle la libertad condicional, en la última salida transitoria.
Lamentablemente, la victima estaría igual: ausente.-
No quiero hacer referencia a las anteriores denuncias. No
hagamos derecho penal de autor. Porque basta hacer muchas denuncias
infundadas y después considerarlas elemento de prueba cargosa.-
Hasta acá los argumentos jurídicos.-
Pero no se me escapa que este es un juicio político: toma la
decisión reemplazando la función que antes correspondía al Senado de la Nación. Me hago cargo
de la responsabilidad que ante la opinión pública le corresponde al jurado, y
paso a formular algunas consideraciones desde esa perspectiva.-
Nadie puede estar seguro, salvo Dios, de que alguien
vuelva a delinquir. Es probable que las probabilidades de prevenir una
conducta futura, en caso de conceder libertad condicional, es muy posible que
estas probabilidades puedan disminuirse. Es cierto. Pueden disminuirse
y lo afirmo rotundamente. Algunas características institucionales impiden hoy
que se disminuyan.-
Este caso no se trató superficialmente. La decisión
del juez está en varias fojas, es meditada, es fundada. Se puede estar de
acuerdo o no, pero no es una decisión superficial. El juez López no se refugia
en ninguna desatención por falta de tiempo ni nada parecido.-
No obstante la acusación dice que esta subrogando a otro
juzgado y tenía mucho trabajo. Yo no quiero cargar las tintas, pero si se
subroga otro juzgado, es porque se lo ordena la cámara de casación. ¿Y por qué
la cámara le ordena?, porque hay otro juzgado vacante. El poder judicial de la Nación ha llegado a tener
un 30% de vacantes. ¿Y por qué?, porque el Consejo de la Magistratura se trabó
políticamente e hizo solo un concurso en tres años. ¿Quién tiene la culpa de
las vacantes? ¿Quién tiene la culpa de la subrogación…? Creo que los datos
hablan solos.-
No solo hay juzgados de ejecución vacantes. Hay dos creados
para los que no se realizaron concursos. Hemos escuchado a la Sra. Fiscal exponer la
precariedad de lo judicial y del ministerio público en este fuero. Me permito
recordar que este fuero comparte el edificio con la dirección de parques
nacionales… condiciones precarias, insuficientes. Más allá de la incalificable
operancia del consejo de la magistratura, incluso si estuviesen los
cinco jueces de ejecución penal designados, deben decidir sobre la ejecución de
penas en todo el país.-
El servicio penitenciario federal distribuye los presos y
los jueces se quedan acá. No hay posibilidad de inmediación con el
preso. Cinco jueces.-
Art 41 del antiguo código penal de 1921: se le
imponía al juez el conocimiento de la persona.Es importantísimo. El
contacto directo crea un vínculo moral más. Una cosa es decidir un papel, otra
cosa es verle la cara y decir “confío en vos”. ¿A quién se le ocurrió
crear un fuero de ejecución penal en la Ciudad de Buenos Aires que abarque todo el país y
que imposibilite la inmediación con el preso? No conozco ningún modelo
que funcione de este país. La función penal debe ser controlada con la
inmediación: hay que conocer al sujeto, este vínculo no se crea a través de una
firma en un expediente.-
La ley 24050 en art 29 establece que los jueces de
ejecución serán asistidos por médicos, psiquiatras psicólogos,
asistentes sociales… ¿Dónde están estos especialistas? hace
veintitantos años que la ley esta. ¿Donde están los equipos de especialistas?
¿Y con quien se asisten los jueces? Con nadie, con lo que pueden.-
Qué hacemos con el médico de campaña al que no le damos el
tomógrafo? ¿Lo condenamos por mala praxis médica? Eso queremos hacer con el
juez.-
El Patronato de Liberados era una asociación civil… el
Estado ahora terceriza esa función, y la paga. Está financiado por el Ejecutivo
y el Judicial. Es un escándalo. Y no sólo eso, entró en
crisis, no se pudieron pagar los salarios, huelgas. Personalmente propuse que la Corte Suprema se
hiciera cargo porque ya no puede funcionar como patronato. Hay que
controlar a las personas con probation, hay que hacer nuevas
cosas, no sólo libertad condicional. Creo que habría que crear un cuerpo de
inspectores y asistentes de prueba en libertad. Propuse que la Corte Suprema lo
hiciese pero la Corte
Suprema no quiso. Se me ocurrió elaborar un proyecto muy
bien, que paso bien por diputados, pero se enredó en un lobby en Senadores para
ver quién se iba a quedar con los contratos. Esta es la situación del Patronato
de los Liberados.-
Llego al final, a los medios de comunicación.
Desde hace tiempo parece que estamos jugando un partido de
futbol donde hay garantistas y anti garantistas. No sé que es
el garantismo. Las garantías son de los habitantes de esta Nación, son las que
nos permiten tener un ámbito de libertad. Puede haber anti garantistas, hay
otro modelo de Estado donde no existe. Respeto a los que son partidarios de ese
modelo de Estado, pero yo comparto los principios del liberalismo
político consagrados en nuestra constitución.-
No hace mucho estos medios masivos nos han difamado,
injuriado, a los juristas, a mí, que en una muestra de participación
poco común en este país nos reunimos a hacer un proyecto de Código Penal. Los
medios masivos difundieron que había un proyecto que iba a soltar a
todos los presos, a los homicidas seriales, a los violadores, que iba a sembrar
la inseguridad.-
Yo no puedo garantizar que no se produzcan hechos de esta
naturaleza porque nadie puede tener 100% de seguridad sobre la conducta futura
de nadie. Pero si este sujeto, este violador, debiera enmarcarse dentro del
proyecto, esta situación no debería suceder.-
En el anteproyecto pusimos que serán consideradas
circunstancias de máxima gravedad la vulnerabilidad de la víctima. Y luego
hablamos del reemplazo de la pena de prisión por otra, establecimos que eso no
se podrá hacer sin la intervención del ministerio público, y se agrega que el
juez sólo podrá dar el reemplazo tras la opinión de tres peritos. Esto es lo
que pusimos en el anteproyecto calificado de irresponsable, de abolicionista.-
Esta es la irresponsabilidad de los medios masivos que hoy
quieren que el juez López termine como Túpac Amaru. Irresponsabilidad que
infunde miedo. No son pocos los que tienen miedo a los medios masivos: los
jueces también. A los medios y a quienes pueden montarse sobre el discurso de
los medios masivos. Hechos como este jury son vivenciados como amenaza
a los jueces.-
Honorable Jurado, el daño está hecho. Este
juicio político infunde temor, y ahí está el daño.
Los otros jueces de ejecución y cualquier juez que
tenga que decidir una excarcelación van a tener miedo. Va a sentirse amenazado. López
mismo va a sentirse amenazado. Jueces con miedo: tengamos cuidado. Solo Dios
nos podrá custodiar.-
El daño está hecho.
Fuente: APP
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