martes, 22 de diciembre de 2020

Argentina ratificó el Convenio 190 de la OIT contra la Violencia y el Acoso Laboral

Según la publicación en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2020 de la Ley n° 27.580, el Congreso de la Nación aprobó la ratificación del Convenio 190 de la OIT sobre Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo (“Convenio 190”) que había sido suscripto en 2019.

Mediante el Convenio 190 de la OIT., se reconoce el derecho de toda persona a un ambiente de trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. Asimismo, determina que tales comportamientos pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos.

Adicionalmente, el convenio contiene definiciones amplias sobre “violencia y acoso” y de “violencia y acoso por razón de género” al mismo tiempo, resultan amparadas las personas que trabajan tanto en los sectores públicos como privados, independientemente de su situación contractual, esto incluye a:

* Personas que desempeñen actividades de capacitación, pasantías y formación profesional;

* Personal al que se le haya rescindido su contrato de trabajo;

* Personas que realicen tareas de voluntariado y/o las que busquen trabajo.

El Convenio 190 también identifica los diversos lugares en donde puede ocurrir la violencia, desde una perspectiva amplia. Así, establece que tales conductas pueden tener lugar “durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo”, e incluye, entre las diversas hipótesis, los viajes, programas de formación, actividades sociales de índole profesional e incluso en las comunicaciones relacionadas con el trabajo y en los desplazamientos desde y hasta el lugar de trabajo.

Por los motivos expuestos, es de vital importancia para los empleadores, tomar todas las precauciones necesarias y revisar todos los procedimientos internos de cumplimiento y capacitación para actuar conforme a derecho, no sólo con relación a la normativa local en la materia sino a la mayor protección que brinda el Convenio 190.



Este artículo es un comentario somero respecto de las novedades legales en nuestro país y, no pretende ser un análisis exhaustivo, ni brinda asesoramiento legal en esta materia.

 


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