Convencidos de que a Seguridad
Ciudadana y Democrática no es un fin en su mismo, sino un medio para garantizar
el ejercicio de todos los derechos y libertades de todas las personas que habitan
nuestro país (sin ningún tipo de discriminación), es que los Abogados de “La Campaña Nacional Contra la Violencia Institucional”,
-de la que formo parte-, realizamos esta herramienta de promoción de los
derechos que permita, en situaciones de emergencia, poner límites a las prácticas
“consentidas” de violencia institucional.-
Insistimos en que la violencia
institucional no es un problema individual, sino colectivo y es el desafío de
todos consolidar la movilización y organización popular, para generar debates
sinceros y soluciones sobre estos temas que aquejan principalmente a los
sectores más vulnerables de la
Patria.-
SIEMPRE TENEMOS DERECHOS: En caso de que la Policía te demore o te detenga,
SIEMPRE tenés derecho a: solicitar asesoramiento de un abogado, que puede ser
particular o un Defensor Oficial (lo provee el Estado sin costo para el
imputado).
- Negarte a reconocer cualquier objeto que se haya secuestrado
- Pedir un reconocimiento médico y recibir asistencia médica inmediata.
- El único que puede revisarnos es un Médico. Nadie más tiene derecho a revisarnos o hacernos quitar la ropa.
- Tenemos derecho a pedir la credencial del médico, por más que se presente con un guardapolvo blanco.
- Negarte a declarar y que esto no sea usado en tu contra.
- Solicitar que te revise personal policial de tu mismo sexo.
- Negarte a que revisen tu casa, a menos que un juez lo ordene.
- Negarte que te exhiban ante otras personas.
- Negarte a que te extraigan sangre.
- Pedir leer o que te lean tu declaración antes de firmarla.
- Que te informen el motivo de tu detención (por averiguación de identidad, contravención o delito).
Para el caso de haberte sacarodo las pertenencias personales
(billetera, cinturón, celular, bicicleta, etc),
dado que están demorados o detenidos, deben darles un recibo como constancia de
dichas cosas.-
ANTE UNA SITUACION PROBLEMATICA CON LA POLICIA, ACORDARSE de
las siguientes cuestiones:
- Preguntar el nombre de la autoridad de la Comisaría.
- Tomar nota del día, hora y lugar en que ocurrió.
- Acordarse del nombre o chapa de él o los policías y de la patente de los patrulleros que intervinieron.
- Acordarse de la cantidad de policías que intervinieron.
Si sabemos que algún amigo o
vecino fue detenido, hay que llamar a la Comisaría del barrio y preguntar si se encuentra
en esa seccional, porqué lo detuvieron o demoraron; hay que hacerle saber a la
policía de que hay alguien que está al tanto de la situación que está pasando con
nuestro amigo o vecino. Acordarse de preguntar nombre y apellido de quién nos
atiende.-
ALGUNAS DE LAS SITUACIONES PROBLEMATICAS QUE SE PRESENTAN HABITUALMENTE
CON RESPECTO A LA POLICIA:
ME PARO LA POLICIA POR
AVERIGUACION DE IDENTIDAD
Todos tenemos derecho a transitar
libremente y nadie puede ser privado de su libertad sin orden “escrita” de una
autoridad competente (juez o fiscal). Sin embargo, es una práctica habitual de
la policía, demorarnos para pedirnos los documentos o llevarnos a la comisaría
para averiguar nuestra identidad o los antecedentes (“doble A”).-
¿Qué hay que tener en cuenta?
La Policía puede demorarte
solamente si hay algún motivo previo y razonable que lo justifique y te niegas
a identificarte o no tenés los documentos en ese momento (art. 15 Ley
Provincial 13.482). O sea, si no hay un motivo previo que justifique que la Policía te demore y además,
la Policía ya
te conoce, no hay razón para demorarte.
No es una detención. Solamente
estás DEMORADO hasta un máximo de 12
horas (así lo permite la ley) y no podés estar en un calabozo con otras
personas que cometieron delitos.-
Si te paran por control, la Policía NO puede
retenerte el DNI. Si te los llegara a “robar”, práctica habitual para después
justificar la demora contínua por averiguación de identidad, hay que denunciarlo
en la Fiscalía
lo más pronto posible. La
Policía no puede esposarte, no puede sacarte fotos ni
exhibirte ante otras personas.-
Si sos menor de 18 años, la Policía tiene que avisarle en forma inmediata a
tus padres o algún familiar mayor de edad. Si fuiste víctima de golpes,
maltratos o torturas, tenés que ir rápido a un hospital para que te den una
constancia que explique tu estado de salud.-
Ninguna ley nos obliga a llevar
documentos de identificación cuando salimos a la calle, a pasear, divertirse o
a trabajar, y menos cuando se trata de menores de edad. Pero como la detención
por “averiguación de identidad” es una práctica “naturalizada y muy poco
cuestionada”, es recomendable llevar encima algún tipo de identificación para
evitar ser demorados por la
Policía por mucho tiempo y no darle la excusa de que nos
traslade a la Comisaría.-
ME DETUVO LA
POLICÍA POR UNA CONTRAVENCION: Significa que violaste
supuestamente alguna de las normas del código de Faltas de la Provincia de Buenos
Aires. (Por ejemplo: estar ebrio, causar desorden, escándalo o incitar a la
violencia en la vía pública).
Este código prevé la aplicación
de multas y arrestos. La Policía
siempre tiene que informar de tu detención inmediatamente al Juez de Paz o al Juez
Correccional y al Defensor Oficial.-
Si te detienen por cometer una
supuesta contravención, tenés derecho a:
- Llamar por teléfono en privado a quien quieras.
- Negarte a responder preguntas sin antes ser asesorado por un abogado.
- Pedir la presencia de un abogado particular o defensor oficial
- Pedir que te revise un médico y recibir asistencia médica.
- No ser alojado junto a personas que cometieron delitos.
- Negarte a que te extraigan sangre.
- Pedí leer o que te lean tu declaración antes de firmar.
- Negarte a ser fotografiado o exhibido ante otras personas.
Si estás detenido en una
comisaría el Juez debe dictar sentencia en 4 días como máximo. La sentencia determina
si sos culpable o inocente. Esta sentencia puede ser apelada. Significa que si
estás en desacuerdo con lo expresado por Juez de Faltas, podés pedir que se revise.-
Para ello tenés 5 días corridos a
partir que te notifican, contando sábados, domingos y feriados.-
Debes tener en cuenta que si en
estos 5 días no apelas, la sentencia queda firme y vas a tener un antecedente contravencional
en el registro de contraventores.-
Es decir, que si vuelves a ser
detenido por una contravención dentro de los 6 meses siguientes, te van a
considerar reincidente y las penas de aplicación pueden ser más severas.-
LA
POLICIA ME PASEO
EN EL PATRULLERO: El “paseo” en patrullero es una práctica naturalizada que
permite a los agentes policiales contar con un margen de tiempo antes de llegar
a la Comisaría,
para negociar con los detenidos, coimearlos o torturarlos (bolsearlos,
gatillearlos, etc).
Cuando una persona es privada de
su libertad y subida al móvil policial para ser trasladada a la Comisaría, el trayecto
que debe realizar es directo a la dependencia policial desde donde se produjo la
detención, no pudiendo hacer otros recorridos previos. En caso de que eso pase,
hay que denunciarlo en la
Fiscalía.
LA
POLICIA DETUVO A
UN MENOR: Los menores de 16 años, son inimputables, es decir, no te pueden
aplicar una pena, sólo medidas que favorezcan el desarrollo de tu persona.-
El juez y la Policía debe tratar que
regresen nuevamente con sus padres o responsables mayores de edad.-
En todos los casos deberá
comunicarse con el Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño que está
para garantizar tus derechos.-
- Los mayores de 16 y menores de 18 años, son pasibles de imputación, es decir, les pueden aplicar una pena, SALVO EXCEPCIONES.
- El juez puede ordenar las medidas que crea adecuadas en comunicación con los Servicios Locales de Protección de los Derechos del Niño.
- Si sos menor y la Policía te lleva, no pueden trasladarte en un auto sin identificación, no pueden esposarte si la situación no lo justifica y no pueden encerrarte en un calabozo con personas mayores de edad.
- Está prohibido el alojamiento de de menores en dependencias Policiales de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.
LA
POLICIA DETUVO A
UNA MUJER: En caso de que la
Policía se lleve demorada o detenida una mujer, tiene que
intervenir en el procedimiento, personal policial femenino.
- No las puede “cachear” ni revisar un hombre.
- No las pueden encerrar en un calabozo o celda con hombres.
- No las pueden hacer desnudar ni obligarlas a consentir revisaciones vaginales, aunque lo solicite personal policial femenino.
- El único que las puede revisar es un médico: una revisación de rutina, que no incluye revisación ginecológica.
- Si están con sus hijos al momento de la detención o de la demora, antes de cualquier traslado los niños deben quedar al cuidado de alguna persona de confianza.
- En todas las declaraciones que se hagan, hacer constar si están embarazadas y la cantidad de hijos a cargo.
*Fuente: Estracto del material SI TE DETIENEN, perteneciente a la Campaña contra la Violencia Institucional.-
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