En un novedoso fallo un Tribunal Oral de La Plata condenó a prisión perpetua a un joven que fue encontrado culpable de utilizar un vehículo automotor como un arma letal, en el marco de una pelea a la salida de un boliche ubicado en 5 y 60, hecho ocurrido en la madrugada del 5 de diciembre de 2010. La defensa del condenado apelará ante Casación.-
José Feliciano Rojas López fue sentenciado por atropellar y matar a Sergio Martín González (23) a la salida del boliche "El Templo". El caso fue enmarcado por mayoría del Tribunal, como “homicidio calificado cometido con un medio para crear un peligro común”, pero uno de los jueces entendió que se trató de un homicidio simple y, en minoría, dictó una condena de 18 años de encierro.-
Los jueces del Tribunal Oral Criminal IV de La Plata dieron por acreditado que todo comenzó con una pelea de jóvenes dentro del boliche, que siguió en la puerta del lugar, hasta que Rojas López se fue a buscar su camioneta, la que condujo en contramano, se subió a la vereda y atropelló intencionalmente a sus rivales, a uno de los cuales mató y dejó gravemente heridos a otras cuatro personas.-
El fiscal de juicio Martín Chiorazzi dio por acreditado que Rojas López se subió a su camioneta, aceleró a fondo, apuntó a la víctima y la atropelló contra la cortina metálica del boliche. El abogado de la querella compartió el planteo y agregó que “la víctima no tuvo ni una posibilidad de defensa”.-
“No hubo más muertos por acción del azar, el acusado actuó con un profundo desprecio por la vida”, sostuvo el letrado Dante Miño. Es decir, el acusado utilizó su camioneta como un arma mortal.-
Los acusadores coincidieron en calificar el caso como “homicidio calificado por un medio idóneo para crear un peligro común”, delito tipificado en el artículo 80 inciso quinto, que prevé una condena de perpetua. Esa postura fue avalada por los jueces Emir Alfredo Caputo Tártara y Lidia Moro, mientras que el magistrado Juan Carlos Bruni, entendió que el caso debe encuadrarse como homicidio simple y dictó (en minoría) una condena de 18 años de cárcel.-
La figura penal utilizada por los jueces de la mayoría es muy poco habitual aunque se encuentra codificada dentro del marco legal vigente. No existen registros informáticos ni digitales de condenas por este delito, lo que marca la sentencia como inédita en la justicia Penal bonaerense.-
En los alegatos, el defensor oficial Manuel Bouchoux aseguró que Rojas López “no tuvo intención de matar, tenía la conciencia gravemente perturbada por su estado de ebriedad aguda y compleja, y un trauma cráneo encefálico por los golpes recibidos en la pelea” que comenzó dentro del boliche y finalizó en la puerta del local bailable.-
“No comprendió la criminalidad de sus actos, la acusación es parcial y arriba a conclusiones equivocadas”, sostuvo Bouchoux quien pidió la absolución del acusado y como planteo subsidiario alegó por una condena por homicidio culposo, que lo dejaría en libertad tras la lectura del veredicto, o el mínimo de la condena por homicidio simple: ocho años de pena.-
Tras analizar toda la prueba y la jurisprudencia sobre inimputabilidad, cruzado con la declaración que dio el acusado durante la última jornada, los jueces descartaron el planteo de la defensa. “Tuvo el acusado plena conciencia en todo momento de las consecuencias de su conducta; como así, control suficiente de sí mismo”.-
El joven acusado declaró ante los jueces. Confirmó que fue él quien atropelló a la víctima pero ensayó su coartada expresando: que estaba aturdido por el alcohol que había ingerido en el boliche y los golpes que recibió en la cabeza y cara, en las dos peleas que protagonizó.-
El defensor oficial dejó reserva de apelar la sentencia ante Casación.-
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